Instalaciones de Baja Tensión

Las instalaciones de Baja Tensión son las instalaciones eléctricas alimentadas a una tensión de 230V, si son monofásicas y 400V si son trifásicas. Estas instalaciones parten de la CGP hasta las tomas de corriente, maquinaria… que tenemos a nuestro alcance en nuestras casas, oficinas…

Dentro de las instalaciones de baja tensión existen gran diversidad de tipologías: Locales de pública concurrencia, Locales con riesgo de incendio y explosión, Instalaciones en viviendas…, cada una de estas instalaciones deben cumplir unos requisitos especiales para garantizar la seguridad de los usuarios de las mismas.

Para determinar las medidas de seguridad de cada instalación hay que saber que tipo de usuarios van a tener la instalación y los posibles riesgos de la misma. Por ejemplo, en un local de pública concurrencia van a visitar la instalación muchos usuarios que no conocen su funcionamiento ni riesgos, por lo que es de especial interés eliminar cualquier contacto directo con la misma y, asegurar que en caso de fallo se pueda evacuar rápidamente el local y sin incidencias. Esto se traduciría en este tipo de locales en la instalación en la gran importancia de las luces de emergencia en los elementos de protección contra incendios, en los cuadros eléctricos y, por supuesto, en el recorrido de evacuación. Además de la luces de emergencia tiene especial importancia el tipo de conductor a instalar, no propagadores de la llama y emisión de humos reducida.

Existen otros tipos de instalaciones con otros riesgos y con otro tipo de seguridad, por ejemplo, en los locales de riesgo de incendio y explosión hay que evitar a toda costa las posibles chispas causadas por la instalación eléctrica y, en caso de que se produzca que estas queden extinguidas en el menor tiempo posible.

Todas las instalaciones, independientemente de su tamaño y de sus características especiales deben cumplir con unos requisitos generales y básicos:

  • Protección contra contactos directos e indirectos
    Todas las instalaciones tienen que garantizar una protección contra los contactos directos e indirectos, es decir, contra el posible contacto directo con los puntos en tensión, lo cual se garantiza con barreras, alejamiento y aislamiento de los puntos en tensión.
    Por otra parte, la protección contra contactos indirectos se garantiza con un elemento que desconecta la instalación en el caso que exista un defecto en algún elemento de la misma que ponga en riesgo a sus usuarios. Este elemento es el interruptor diferencial, el cual dependiendo de su sensibilidad deja la instalación sin servicio con un nivel de defecto u otro, lo normal en las instalaciones es que este tipo de elementos disparen con una intensidad de defecto de 30mA o 300mA.
  • Protección contra sobrecargas
    La protección contra sobrecargas trata de evitar los posibles cortocircuitos e incendio de las instalaciones. Las sobrecargas se producen cuando por un conductor pasa más intensidad de la admisible por el mismo. La intensidad admisible de los conductores va a depender directamente de la sección del conductor, del tipo de aislamiento y de la refrigeración de los mismos (tipología de instalación).
    La protección contra sobrecargas se consigue con elementos que dejan sin servicio la instalación cuando sobrepasan una determinada intensidad límite (calibre del dispositivo). Este tipo de dispositivos son los cortocircuitos fusibles y los interruptores magnetotérmicos.
    Debido a la definición de las sobrecargas tiene mucha importancia realizar una instalación en la que los elementos de protección contra sobrecargas estén correctamente calibrados de forma que, no permitan el paso de una intensidad superior a la admisible por el conductor al cual protegen.
  • Protección contra sobretensiones
    La protección contra sobretensiones, aunque no sea muy conocida ni utilizada, es de especial importancia para la protección de la instalación frente a una elevación puntual de la tensión de alimentación de la instalación. Las sobretensiones suelen ser de origen natural y se producen cuando hay tormentas por la caída de rayos en las redes de distribución eléctrica. Este sobre elevación de la tensión de la red producida por el rayo suele eliminarse a través de las protecciones existentes en las instalaciones de distribución eléctrica (subestaciones y centros de transformación) aunque en algunas ocasiones pueden llegar a nuestras instalaciones. Para proteger estas instalaciones frente a las sobretensiones existen unos dispositivos especiales que se encargan de disiparlas, transmitiéndolas directamente a la puesta a tierra de la instalación, de forma que los elementos que tengamos conectados en nuestra instalación estén perfectamente protegidos.
  • Sistemas de puesta a tierra
    La correcta instalación de la puesta a tierra de una instalación tiene una especial relevancia, ya que la mayoría de los dispositivos de protección que hemos visto necesitan de la misma para disipar los defectos.
    En el caso de los interruptores diferenciales (protección frente a contactos indirectos) la resistencia de puesta a tierra va a tener una influencia directa sobre la protección de estos dispositivos. La tensión máxima admisible en caso de un contacto indirecto en la instalación es de 50V para locales secos y 24V para locales mojados.
    V = R · I , donde V es la tensión de contacto máxima; R es la resistencia de puesta a tierra e I es la intensidad de defecto máxima a la cual actúa el dispositivo de seguridad.

 

Normativa de consulta

Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueban el Reglamento electrotécnico de baja tensión e Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-BT 01 a 51.

Real Decreto 1890/2008, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones técnicas complementarias EA-01 a EA-07.

Real Decreto 1053/2014, de 12 de diciembre, por el que se aprueba una nueva Instrucción Técnica Complementaria (ITC) BT 52 «Instalaciones con fines especiales. Infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos», del Reglamento electrotécnico para baja tensión, aprobado por Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, y se  modifican otras instrucciones técnicas complementarias del mismo.

Enlaces de interés

Guías técnicas de aplicación R.D. 842/2.002

Guía técnica de apliación del R.D. 1890/2.008

Especificaciones particulares de las empresas suministradoras – Reglamento electrotécnico de Baja Tensión